¿Cómo funciona el Consorcio de Compensación de Seguros?

Cada vez que alguna catástrofe natural tiene consecuencias graves para las personas, escuchamos hablar del Consorcio de Compensación de Seguros pero, ¿qué es?


Desde BLB & Asociados te contamos en que consiste el Consorcio de Compensación de Seguros, qué riesgos cubre y como actúa. ¡Toma nota!

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros hace referencia a un ente público, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que actúa como aseguradora cubriendo riesgos extraordinarios en catástrofes naturales. En este sentido, las aseguradoras destinan fondos para cubrir estos riesgos extraordinarios como inundaciones, terremotos o erupciones volcánicas; así como otras que son causadas por el hombre.

Además, se hace cargo de siniestros de seguros obligatorios causados por personas sin seguro o los siniestros pendientes de entidades quebradas. Por ejemplo, garantiza los daños causados por vehículos sin seguro, desconocidos y robados, y asegura los vehículos rechazados por aseguradoras privadas y vehículos de las administraciones públicas. Así como, asume parte de los riesgos del seguro agrario, reasegura el sistema y controla las peritaciones. Y además, asegura riesgos medioambientales y nucleares y accidentes personales en la extinción de incendios forestales.

¿Qué riesgos cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza los daños asegurados en bienes y personas causados por determinadas catástrofes naturales y actos violentos en daños a bienes situados en territorio español y daños personales a los asegurados españoles en cualquier lugar del mundo. Entre los daños ocasionados por el hombre que asume están relacionados con terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular y actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.

¿Cómo actúa el Consorcio de Compensación de Seguros?

La actuación del seguro a través del Consorcio es clave en situaciones de catástrofes naturales. Como hemos mencionado anteriormente,  se hace cargo de importantes daños materiales en viviendas, vehículos, comercios o edificios históricos. Este echo hace que este organismo aporte cierta tranquilidad a la sociedad.

El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza tanto “los daños materiales como los daños inmateriales que sean consecuencia de aquellos, como pueden ser la pérdida de alquileres de propietarios de inmuebles, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales, todo ello en la forma que prevea el contrato de seguro del afectado. 

El organismo se hace cargo del pago de las indemnizaciones correspondientes, siempre y cuando se presente correctamente la solicitud y previa valoración de los daños indemnizables que se ha producido. Eso sí, el único requisito para presentar la solicitud de indemnización al Consorcio es que el afectado esté asegurado y que tenga su seguro en vigor en el momento del siniestro.

Aquí tenemos que hacer un pequeño apunte, en el caso de los Seguro de Hogar hay que tener cuidado con poner al banco como beneficiario. En la mayoría de los casos ocurre porque existe una hipoteca sobre la vivienda, cuyo Seguro de Hogar se ha contratado a través del banco como parte de la garantía del préstamo. Esto se trata de una practica cuestionable y que es claramente perjudicial para el tomador. Puede llegar a ser ilegal si el banco a obligado al cliente a contratarlo con ellos, en vez de darle la opción a contratarlo con otra entidad. En caso de que se pierda la vivienda, por ejemplo  por un terremoto, la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros irá directamente a la entidad financiera sin pasar por el afectado.

A continuación, te mostramos los pasos a seguir para cobrar la indemnización correspondiente:

  1. Contacta con tu mediador de seguros o aseguradora para que presenten la solicitud.
  2. El Consorcio de Compensación de Seguros contactará de inmediato con el asegurado para programar la visita al riesgo dañado.
  3. El Consorcio de Compensación de Seguros informará a los asegurados de los pasos a seguir y de la documentación a preparar para facilitar una valoración lo más rápida posible. ¡No te preocupes! Tu mediador te ayudará en todo el proceso para que llegue a buen fin.

¿Dónde hay que presentar las reclamaciones al Consorcio de Compensación de Seguros?

No existe un plazo para presentar las reclamaciones pero se recomienda gestionarlo lo antes posible. Puedes hacer llegar tu solicitud directamente a través de tu mediador de seguros o compañía aseguradora, sobre todo cuando no dispongas de la documentación necesaria para el procedimiento. Pero también se puede presentar mediante la propia web del Consorcio (www.consorseguros.es), mediante llamada telefónica (900 22 26 65) o correo ordinario


BLB & Asociados puede ayudarte a gestionar tu siniestro ante cualquier catástrofe natural. No lo dudes y llámanos al 952 00 67 20 o escríbenos a info@blbcorreduria.com. Aunque no seas cliente nuestro intentaremos ayudarte todo lo posible.



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