¿Es obligatorio contratar un Seguro de Vida del banco con los préstamos ICO COVID-19 para autónomos y Pymes?

Si eres autónomo o empresario, es probable que estés al corriente de los préstamos ICO avalados por el Estado para dotar de liquidez a las empresas. En este sentido, agentes y corredores han denunciado ante la Dirección General de Seguros y el Banco de España abusos por parte de los bancos, por obligar al solicitante a contratar un Seguro de Vida con ellos. De esta forma, los bancos tratan de vincular, cuando no condicionar, la concesión de créditos a la firma de pólizas de Seguros vendidas por estas mismas entidades, algo que está prohibido por la Ley de Distribución de Seguros.


Muchos son los autónomos y empresas que han denunciado estas irregularidades cometidas por algunos bancos relacionadas con estos préstamos. La situación de urgencia que viven muchas pymes ha generado abusos que se han denunciado en redes sociales y que han puesto en alerta al propio ICO, al Banco de España y a las autoridades de competencia. Y es que no es para menos, ya que contratar un Seguro de Vida con el banco puede llegar a tener un coste de 1.200 euros y aumentar los tipos de interés de estos préstamos hasta alcanzar el 2,5%, cuando el TAE previsto es del 1,5% para estos préstamos. Desde BLB & Asociados te explicamos todos los detalles sobre los prestamos ICO.

¿Qué son los préstamos ICO?

El ICO es un banco público, y se rige por la normativa recogida en la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Ley 12/1995 de 28 de diciembre sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera y posteriores modificaciones, por el  Real Decreto 706/1999 de 30 de Abril, de adaptación del Instituto de Crédito Oficial a la Ley 6/1997 de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de aprobación de sus Estatutos. En este sentido los préstamos ICO son líneas de financiación pública que se destinan específicamente para financiar proyectos de autónomos, emprendedores o pymes.

Este tipo de financiación se convoca anualmente y tiene un importe máximo de crédito por solicitante. Pero, a pesar de ser financiación pública, estos préstamos se gestionan mediante entidades bancarias.

¿A quienes va dirigido?

Los préstamos ICO pueden ser solicitados por autónomos, emprendedores y todo tipo de empresas, tanto españolas como extranjeras que deseen llevar a cabo  actividades empresariales y/ o inversiones , cubrir necesidades de liquidez  o gastos dentro del territorio nacional. Además, los particulares y comunidades de propietarios que deseen rehabilitar su vivienda o edificio también podrán acceder a ellos.

Líneas de Prestamos ICO COVID-19

Debido a la crisis sanitaria que estamos viviendo, el Gobierno lanzó algunas medidas para paliar los efectos de esta pandemia en la actividad de las empresas. Entre ellas se encontraba los préstamos ICO para los afectados por el COVID-19. De esta forma, se facilita liquidez a autónomos y pymes afectados por la crisis del COVID-19. Lo que diferencia a estos préstamos es que están avalados por el Estado y tienen un interés del 1,5%.

Puedes encontrar más información en este enlace del ICO.

¿Es obligatorio contratar un Seguro de Vida del banco con las líneas de Prestamos ICO COVID-19 para autónomos y Pymes?

Algunos bancos exigían la contratación de Seguros contra el riesgo de impago y vinculaban el préstamo a la contratación de Seguros de Vida del propio banco. Pero, lo cierto es que ningún banco puede obligarnos a contratar un Seguro de Vida para que nos concedan un crédito ICO Covid 19, que están pensados para ayudar a las pymes y autónomos, no para que los bancos hagan negocio. De hecho, los bancos no pueden obligar a nadie contratar sus Seguros para conceder un crédito, sea cual sea. En estos préstamos destinados a las pequeñas empresas y autónomos, las entidades asumen el 20% del riesgo frente al 80% del Estado.

Según la Ley Hipotecaria que entró en vigor en 2019, los productos vinculados a concesiones de créditos o hipotecas no pueden ofrecer dentro des mismo paquete, dejando libertad de elección al cliente. Además, ninguna ley obliga a que se contrato un Seguro de Vida para acceder a un crédito. Pero, si es cierto que es posible que el banco pida como garantía un Seguro de Impago por el riesgo que supone conceder un crédito. En este caso, no es necesario contratarlo con la misma entidad bancaria. Todo lo contrario, esta práctica no está permitida. Y, de hecho, en BLB & Asociados podemos ofrecerte cualquier tipo de Seguro con mejores condiciones y a precios más económicos.

Puedes encontrar más información sobre las líneas de Préstamos ICO COVID-19 en este enlace del ICO.

 

Contacta con nosotros llamando al 952 00 67 20, escribiendo a  info@blbcorreduria.com o, si prefieres que te llámanos, dejamos tus datos pinchando aquí y nos pondremos en contacto contigo para solventarte cualquier duda de manera personalizada.



1 comentario

  • Arturo

    Pedí un prestamo ico al banco de Santander por 11000 euros para la compra de un coche para mi trabajo (autónomo) y me obligaron a contratar un seguro de vida e imcapacidad permanente por importe de 30,000 euros con un coste de 750 euros de prima. Desgraciadamente me dieron la incapacidad total y el Seguro no quiere indemnizar porque he mentido al contestar el cuestionario de salud, segun ellos pero en realidad yo firmé un papel junto con otros del condicionado general de la póliza, si bien el cuestionario lo rellenaros ellos. Que tendría que hacer ahora que la DGS ha dicho que la compañía a actuado correctamente? muchas gracias

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